La Constitución de Puerto Rico establece en su Artículo IV, Sección 4, que el Gobernador debe “Presentara la Asamblea Legislativa, al comienzo de cada sesión ordinaria, un mensaje sobre la situación del Estado y someterle además un informe sobre las condiciones del Tesoro de Puerto Rico y los desembolsos propuestos para el año económico siguiente”. De otra parte, la Ley Núm. 147 de 18 de junio de 1980, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Oficina de Gerencia y Presupuesto”, ordena al Gobernador someter a la Asamblea Legislativa el Presupuesto Anual de Gastos Operacionales y Mejoras Permanentes del Gobierno de Puerto Rico, sus instrumentalidades y corporaciones públicas con cargo alas diferentes fuentes de recursos. La responsabilidad de la preparación de dicho documento, así como la preparación de la legislación alusiva a las asignaciones con cargo al Fondo General, recae principalmente en la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) con la colaboración de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF).
Ver DocumentoAgradecemos a todos los compañeros que de alguna forma participaron y colaboraron en la elaboración del Presupuesto del Gobierno de Puerto Rico para el Año Fiscal 2025-2026. El Documento de Presupuesto es preparado por los compañeros, que con entrega y dedicación, demuestran su compromiso con el servicio público.